viernes, 3 de junio de 2016

NIA 260 - COMUNICACIÓN CON LOS ENCARGADOS DEL GOBIERNO DE LA ENTIDAD


Esta norma establece la responsabilidad del auditor de comunicarse con los encargados del gobierno de la Entidad, en una auditoría de estados financieros. La norma internacional hace referencia a las personas con responsabilidad de supervisar la dirección estratégica de la entidad y las obligaciones relacionadas con la responsabilidad de la entidad. Son responsables de asegurar, mediante la vigilancia de la administración, que la entidad establezca y mantenga un control interno efectivo, para proporcionar seguridad razonable con respecto a la confiabilidad de los reportes financieros.


Una comunicación recíproca es importante porque facilita al auditor y al gobierno de la entidad la comprensión de algunos asuntos relacionados a la auditoría, obtener de los responsables de la entidad la información necesaria.

Según esta NIA la comunicación clara de los asuntos específicos es parte integral de toda la auditoria.

La Norma Internacional de Auditoría 260, establece que los objetivos del auditor deben ser: Comunicar claramente, las responsabilidades del auditor en relación con la auditoría de los estados financieros y la visión general del alcance planeado y de la programación de la auditoría.

Obtener información relevante a la auditoría. Esto ayudará al auditor a conocer la entidad y su entorno.

Proporcionar, observaciones oportunas que surjan de la auditoría que sean importantes y relevantes.

Promover una comunicación bilateral efectiva entre el auditor y los encargados del gobierno de la Entidad, esta se refiere a que el auditor debe organizar una reunión luego de terminar la auditoría con el objeto de discutir los hallazgos sobre la auditoría.

Responsables del gobierno de la entidad: Persona o personas encargadas u organizaciones que tienen la responsabilidad de la supervisión de la dirección estratégica de la entidad y con obligaciones relacionadas con la rendición de cuentas de la entidad

Dirección: Persona o personas con la responsabilidad ejecutiva para dirigir las operaciones de la entidad. (En algunos casos incluyen a uno o algunos de los miembros del gobierno de la entidad), por ejemplo, miembros ejecutivos, consejo de administración o propietario gerente.


Requerimientos

El auditor determina la persona o personas que, dentro de la estructura del gobierno de la entidad, sean adecuadas para comunicar los resultados.

Cuestiones que deben comunicarse

Entre los asuntos que deben comunicarse, de acuerdo a lo establecido por la Norma Internacional de Auditoría 260, se pueden mencionar:

- Que el auditor es responsable de formar y expresar una opinión sobre los estados financieros que han sido preparados por la administración con la supervisión de los encargados del gobierno de la Entidad.

- Que la auditoría de los estados financieros no releva a la administración o a los encargados del gobierno de la Entidad de sus responsabilidades.

- La visión general del alcance planeado y programación de la auditoría. Esto ayuda a los encargados del gobierno de la Entidad a entender mejor las consecuencias del trabajo del auditor, a discutir con el auditor asuntos de riesgo y el concepto de materialidad.

- Los puntos de vista del auditor sobre asuntos cualitativos importantes de las prácticas contables y dificultades significativas de la entidad. Esto se refiere a que el auditor debe comunicar los hallazgos significativos que observó durante el curso de la auditoría.

- Las amenazas a la independencia del auditor y salvaguardas creadas por la profesión y las desarrolladas dentro de los sistemas y procedimientos propios de la firma.

- Dificultades significativas encontradas durante la auditoría. Se incluyen retrasos por parte de la administración en proporcionar la información requerida, restricciones impuestas al auditor por parte de la administración y esfuerzos inesperados para obtener evidencia de auditoría suficiente y apropiada.

- Otros asuntos de planeación que puede ser apropiado discutir con los encargados del gobierno de la Entidad. Esto incluye los puntos de vista de los encargados del gobierno de la Entidad sobre las personas apropiadas de dentro de la entidad con quienes comunicarse.

La Norma hace mención que el auditor, debe comunicar los hallazgos que establezca durante el curso de la auditoría. De acuerdo a la Norma Internacional de Auditoría, antes de que el auditor comunique los hallazgos al gobierno de la Entidad, debe discutir los hallazgos con la administración, esto ayuda a clarificar los hechos y da oportunidad a la administración de proporcionar más información y explicaciones.

La Norma establece que la comunicación con el comité de auditoría, se ha vuelto un elemento clave en la comunicación de hallazgos del auditor, esto implica que:

- Se invitará con regularidad al auditor externo a asistir a reuniones del comité de auditoría.


- El presidente del comité de auditoría, establecerá conexión con el auditor externo de manera periódica.


- El comité de auditoría se reunirá con el auditor externo sin que esté presente la administración, cuando menos anualmente.

De acuerdo a lo establecido en la Norma Internacional, los encargados del gobierno de la Entidad pueden desear que se proporcione copia de la comunicación escrita del auditor a terceros. Pasos previos para elaborar la Carta a la Gerencia El Contador Público y Auditor externo antes de emitir la carta a la gerencia, debe considerar todas las fases de una auditoría de estados financieros.
Independencia del auditor.

En el caso de las entidades cotizadas, el auditor comunicara a los responsables del gobierno de la entidad:

- Una declaración de que el equipo del encargo y, en su caso, cualquier persona de la firma de auditoría,

- Todas las relaciones y asuntos entre la firma de auditoría, otras firmas de la red y la entidad, que a juicio del auditor.

- La salvaguarda aplicadas para eliminar las amenazas a la independencia identificadas para reducirlas a un nivel aceptable.
Formas de comunicación

El auditor comunicara por escrito al gobierno de la entidad los hallazgos significativos por escrito, cuando a criterio del auditor la comunicación verbal no sea adecuada.
Documentación

En el caso de que los asuntos deban ser comunicados por escrito o verbalmente el auditor los incluirá en la documentación de auditoria, indicando el momento en que fueron comunicados y a la persona que se dirigió la comunicación.


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